• 1.- Subvenciones en proceso: Orden 1429/2022 de la CAM
• 2.- Plan Estatal de Vivienda 2026 – 2030 (Pendiente de aprobación).
o 2.1- Actuaciones subvencionables
o 2.2- Cuantía de las ayudas
• 3.- Desgravaciones fiscales
• 4.- Sistemas CAE
o 4.1.-Regulación
o 4.2.- Principales agentes implicados
o 4.3.-Definición de CAE
o 4.4- Obras que generan CAE
o 4.5.- Sistema CAE
1.- SUBVENCIONES EN PROCESO: ORDEN 1429/2022 DE LA CAM
Como todos sabemos o hemos escuchado, la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda e Infraestructura, convocó subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid.
Esta Orden desarrollaba el Real Decreto 853/2021 de 5 de octubre que regulaba los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por los fondos Next -Generation de la UE.
Las ayudas se dividían en 3 programas:
-Pro grama 3 para rehabilitación energética a nivel de edificios.
– Programa 4 para actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
– Programa 5 para elaboración de proyectos de rehabilitación y para la redacción del libro del edificio.
Las obras financiadas con estos programas, actualmente están en fase de ejecución y deben estar terminadas antes del 30 de junio de 2026.
Estas ayudas no contemplaban financiación de generadores térmicos que utilizasen combustibles fósiles.
Las actuaciones subvencionables son las siguientes:
Programa 3
– Actuaciones subvencionables – Las que cumplieran las 3 premisas siguientes
- 1º Actuaciones que reduzcan al menos el 30% en consumo de energía primaria no renovable.
- 2º Actuaciones en las que al menos se reduzcan un 35% la demanda anual global de calefacción y refrigeración en zonas climáticas D y E y un 25% en zona climática C.
- 3º Que aquellos elementos sobre la envolvente en donde se actúe deben cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y permeabilidad indicados en el DB HE1 de CTE.
Ayudas conseguidas
A más ahorro energético conseguido mayor porcentaje de la ayuda que podía variar entre un 40 y un 80 % con un máximo de 18.800 euros y 168 €/ m2 de local comercial.
En situaciones de vulnerabilidad justificada se podía conseguir hasta el 100% del coste de la actuación.
En los casos de retirada de amianto se podía ampliar la ayuda en 1000 euros por vivienda o 12000 euros por edificio.
Una vez concedida la subvención, la CAM podía anticipar el 50% del importe de la ayuda, si el último destinatario lo solicitaba.
Programa 4
Actuaciones subvencionables – Las que consigan una reducción del 7% en la demanda anual conjunta de calefacción y refrigeración o una reducción en el consumo de energía primaria no renovable de un 30%.
También eran subvencionables las actuaciones sobre la envolvente térmica que cumplieran el límite de transmitancia térmica exigido para ello en el CTE DB HE1.
La cuantía de la ayuda conseguida podía alcanzar un 40% con un máximo de 3000 euros IVA incluido.
Las subvenciones de estos programas eran compatibles con cualquier otra ayuda pública siempre que no se superara el coste total de la actuación.
Programa 5
Actuaciones subvencionables – La redacción del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de los proyectos de rehabilitación integral de edificios.
Enfocado a edificios terminados antes del año 2000 y que al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja sean de uso residencial.
La cuantía de ayuda para la redacción del libro del edificio dependía del nº de viviendas y podía estar entre 760 euros y 3500 euros, pudiendo aumentar un 50% más en los caso que hubiera que redactar el Informe de Evaluación del (IEE).
La cuantía de ayuda para la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral podía estar entre 4700 euros y 30.000 euros.
2.- PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2026- 2030 (Pendiente de aprobación).
Antes de final de año se sometió a audiencia e información pública el Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, para aportaciones y alegaciones.
Entre los objetivos estratégicos del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, está la mejora de la vivienda existente tanto en el ámbito rural como en el urbano.
De los 7000 millones de euros movilizados entre el 2026-2030 el 30% del presupuesto estará destinado a la rehabilitación energética tanto de la envolvente como de las instalaciones de los edificios.
Para esto contemplan financiación
. En obras de rehabilitación integral de edificios de viviendas finalizados antes del 2006.
. En obras de rehabilitación dentro de las viviendas de los edificios.
. En obras de rehabilitación de viviendas vacías para destinarlas a alquiler social o asequible.
2.1- Actuaciones subvencionables (Art. 37)
Actuaciones en materia de seguridad, actuaciones en materia de accesibilidad y actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad.
1. Son actuaciones subvencionables en materia de seguridad las siguientes:
Las intervenciones sobre elementos estructurales puestas de manifiesto en el Libro del Edificio Existente.
Las intervenciones para adecuar los elementos de la envolvente del edificio a las condiciones de protección contra incendios.
2. Son actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad.
La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para apertura de puertas etc.
3. Son actuaciones subvencionables en materia de habitabilidad y sostenibilidad
Todas las de mejora o rehabilitación de edificios siempre que todos los elementos de la envolvente cumplan con especificado en las tablas 3.1.1.a y 3.1.3 del HE1 del Código Técnico de la Edificación o se prevea su adecuación.
No será subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
2.2- Cuantía de las ayudas (art. 38)
La cuantía máxima de las ayudas de las actuaciones en materia de seguridad es de 8.000 euros con el límite del 40% del coste de la actuación.
La cuantía máxima de la ayuda de las actuaciones en materia de accesibilidad podrá ser de 13.000 euros por vivienda hasta el 80% del coste de la actuación si en la vivienda o una de las personas que resida en el edificio sea una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
La cuantía máxima de la ayuda de las actuaciones en materia de habitabilidad y sostenibilidad

Alternativamente en aquellos casos en que se realicen intervenciones parciales sobre solo algunos elementos de la envolvente del edificio se podrá obtener una ayuda de hasta el 40% del coste de la inversión con el límite de 7.500 euros por vivienda, siempre y cuando en la intervención se cumpla para dichos elementos con las tablas 3.1.1.a y 3.1.3 del HE1 del Código Técnico de la Edificación.
La subvención total que podrá recibir un edificio o vivienda unifamiliar con cargo a esta ayuda será la suma de las que correspondan para los tres actuaciones:
Seguridad
Accesibilidad
Habitabilidad y sostenibilidad
De los 7000 millones de euros movilizados entre el 2026-2030 el 30% del presupuesto estará destinado a la rehabilitación energética tanto de la envolvente como de las instalaciones de los edificios.
Conforme a la Directiva Europea 2024/1275 de 24 de abril, sobre eficiencia energética, las viviendas deberán tener una calificación E, mínima para venderse o alquilarse desde el 2030.
Esto significa que tenemos 8 millones de viviendas por rehabilitar energéticamente en España.
3.- DESGRAVACIONES FISCALES
El 23 de diciembre se publicó en el BOE el RDL 16/2025, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, pendiente de su aprobación en el Congreso de Diputados.
En su Disposición adicional quincuagésima se incluye la prórroga de las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas hasta el 31 de diciembre de 2026 en el caso de viviendas y hasta el mismo día de 2027 en el caso de edificios:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual con un máximo de 5.000€ por vivienda.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética hasta una A o B en vivienda habitual con un máximo de 7.500€ por vivienda.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética hasta una A o B en edificios residenciales con un máximo de 15.000€ por vivienda.
4.- SISTEMAS CAE
El sistema CAE, acredita los ahorros anuales de energía final, conseguidos por actuaciones de mejora de la eficiencia energética en un edificio, industria o instalación.
El sistema CAE trata de incentivar las actuaciones e inversiones en eficiencia energética para cumplir con los objetivos de ahorro energéticos establecidos a nivel europeo, a través de la comercialización de los CAE.
Un CAE es un kwh de energía final ahorrado en obras de eficiencia energética, que se puede monetizar.
4.1.-Regulación
RD 36/2023 de 24 de Enero –Sistema de CAE (Certificado de Ahorro Energético), desarrollado por la Orden TED/815/2023 de 18 de Julio del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
4.2.- Principales agentes implicados
- FNEE -Fondo nacional de eficiencia energética.
Impone unos ahorros anuales de energía final a los sujetos obligados.
- SUJETO OBLIGADO
Las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados del petróleo al por mayor.
Las obligaciones anuales de ahorro de energía final las compensan mediante la liquidación de CAE, o aportaciones económicas al Fondo Nacional de Eficiencia Energética
- SUJETO DELEGADO Esta figura no es obligatoria.
Actualmente hay 43 empresas acreditadas como sujeto delegado.
- VERIFICADOR – (AENOR, BUREAU VERITAS). Acredita que el expediente de solicitud de CAE está correcto en un plazo de 30 días
- GESTOR AUTONÓMICO – Emite el CAE y solicita su registro al Coordinador Nacional
- COORDINADOR NACIONAL – Registra los CAE.
- PROPIETARIO DEL AHORRO – El titular de la factura, es decir, el que paga la obra que genera los ahorros energéticos.
4.3.-Definición de CAE
- 1 CAE = 1 Kwh de energía final ahorrado. Vence al tercer año en curso del inicio de las actuaciones. (Ej.: Inicio 27/01/2023 fin de la gestión CAE el 31/12/2026
- El precio de 1 CAE lo establece el FNEE y fluctúa como la bolsa.
Actualmente está a 182 €/MWh
4.4- Obras que generan CAE
Se dividen en
-Actuaciones estandarizadas de eficiencia energética. Actualmente hay 114 fichas. Ej.:
- RES 010: Mejora con A/T de la envolvente con superficie afectada > 25%
- RES 020: Mejora con A/T de la envolvente con superficie afectada < 25% o igual.
- RES 060: Sustitución de calderas por aerotermia. Las instalaciones tiene que estar legalizadas.
- RES 070: Sustitución de ventanas
- RES 080: Rehabilitación profunda de edificios (3 o más actuaciones a la vez)
-Actuaciones singulares. El resto de obras de eficiencia energética.
Las instalaciones fotovoltaicas no generan CAE
4.5.- Sistema CAE
- Tendrá efectos retroactivos al 26/01/2023
- Los CAE no son compatibles con ayudas que vengan del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (Solo se puede cobrar una vez del FNEE). De momento en residencial no existen incompatibilidades. Compatibilidad con Fondos FEDER y Next Generation.
- En la pagina del IDAE se puede comprobar las ayudas que vienen del FNEE
- Siempre: Subvenciones + CAE no superarán el 100% del costo de la actuación.
- El importe de las CAE se tiene que deducir en la Declaración de la Renta como un incremento patrimonial.
- Por cada obra se presenta una solicitud de CAE
- Los CAE solo se pueden vender a un intermediario (solo un intermediario por proceso).
- Los propietarios tienen ahorros energéticos. Los sujetos obligados compran esos ahorros y los convierten en CAE que a su vez entregan al FNEE compensando la obligación anual de energía final ahorrada.
CONCLUSIÓN
Conociendo los sistemas de energía tradicional y renovable, aplicandolo a las rehabilitaciónes de los edificios y aprovechando las ayudas promovidas por las distintas administraciones debemos concienciar al ciudadano para renovar los edificios de forma eficiente para disminuir el impacto ambiental y mejorar desde nuestro ámbito la sociedad en la que vivimos.
Redactado por Elvira Salazar Juárez, Asesora Técnica Oficina Rehabilitación del Colegio de Aparejadores de Madrid